Versión: 03
Fecha: 24-01-2025

 POLÍTICA DE REGULACIÓN DE VELOCIDAD

En Sersepco SAS, los límites de velocidad deben ser respetados; sin excepción, todos los conductores deben cumplir con los límites de velocidad establecidos en la normatividad vigente (Código Nacional de Tránsito), legislación colombiana y el PESV con el fin de lograr un equilibrio en el entorno social, con nuestros clientes y con el medio ambiente garantizando seguridad y tranquilidad para todos. Para dar cumplimiento la empresa se compromete a:

Respetar las normas de tránsito atendiendo con especial atención las relacionadas con los límites de velocidad. Los límites de velocidad máxima permitida son:

  • Carretera nacional: 75km/h.
    Carretera municipal o zona urbana: 50km/h.
    Vía veredal sin pavimentar: 20km/h.
    Zona escolar o residencial: 20km/h.
    Parqueaderos: 10km/h.

Los límites de velocidad se deberán reducir cuando: Se encuentra vías en mal estado – Ascenso o descensos pronunciados – Poca visibilidad (lluvia, neblina, humo, polvo)- Curvas peligrosas -Alto tráfico vehicular. Si se realiza ingreso a zonas residenciales con normatividad de trafico limitado debemos regirnos a estas.

La violación de esta política se considera una falta grave y por esto la empresa podrá tomar las medidas disciplinarias necesarias. Esta política hace parte del contrato de trabajo y es de cumplimiento estricto y obligatorio por parte de todos los empleados de la empresa.

La empresa se compromete con la implementación de una serie de actividades de formación, orientación y vigilancia enfocadas en la regulación de la velocidad máxima definida por la empresa.

POLÍTICA DE REGULACIÓN DE HORAS DE CONDUCCIÓN Y DESCANSO

SERSEPCO S.A.S bajo los lineamientos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo y el Plan Estratégico de Seguridad Vial, Implementará y mantendrá programas para el control, eliminación y mitigación de todos los factores causantes de accidentes de tránsito. Mediante la adopción de esta política la empresa busca garantizar un óptimo desempeño de sus operaciones dentro del marco de la seguridad vial; igualmente dentro de estas políticas se implementará la práctica de pausas activas como una medida obligatoria para promover y regular el adecuado descanso de los conductores. En consecuencia, los programas que se implementarán bajo esta política deberán:

  • Establecer tiempos de reposo y descanso para prevenir la fatiga
  • Establecer pausas activas. (Ejercicios de estiramiento)
  • De acuerdo con los requisitos legales vigentes, los empleados que conduzcan vehículos al servicio de la empresa deberán conducir la jornada máxima establecida.
  • Incluir temas de capacitación sobre hábitos de sueño, descanso, nutrición y ejercicio, los cuales pueden prevenir la fatiga de los trabajadores
  • Evaluar en caso de accidente o incidente de trabajo la probabilidad de causalidad por la fatiga

 POLÍTICA DE GESTIÓN PARA EVITAR DISTRACCIONES

Política amparada dentro de la política de seguridad vial y el compromiso personal de cada uno de los actores frente a la seguridad vial.

Tal como lo establece el código de tránsito en Colombia, “mientras se conduce un vehículo motorizado, Se debe evitar toda conversación u otras distracciones cuando se está al volante”; aprueba el uso de móviles con fines laborales, pero prohíbe que los conductores los utilicen mientras conducen. Si es necesario realizar o recibir una llamada del teléfono móvil en cualquier momento mientras se conduce el vehículo, el conductor deberá detener el vehículo en un lugar seguro donde pueda realizar o recibir la llamada, tal como está establecido en el Código Nacional de Tránsito en el Cap.2 Art.131 Literal C. y si es el caso buscar un sitio adecuado donde estacionar tomando las precauciones necesarias, sin obstaculizar la vía y de esta manera atender la llamada o el mensaje.

Queda TOTALMENTE PROHIBIDO para todos los empleados sin excepción las siguientes situaciones generadoras de distracción mientras se conduce el vehículo:

  • Enviar o recibir mensajes textos, chats o audios.
  • Tomar registros fotográficos o videos.
  • Fumar o consumir alimentos.
  • Búsqueda de accesorios en el vehículo mientras está en rodamiento.
  • Distraerse con otros actores viales.
  • Manipular la radio, el sistema de entretenimiento a bordo o configurar conexiones WiFi o Bluetooth, hazlo antes de arrancar.

Por razones de seguridad, es necesaria la comunicación con el conductor, cuando este se encuentre en ruta deberá estacionarse en un lugar seguro para contestar o bajo el uso de manos libres (solo aplica para contestar las llamadas)

El incumplimiento a esta política se considera como una falta grave que puede ser causal de sanciones disciplinarias

Mecanismo de divulgación

Inducción y reinducción – Contratos laborales

Reglamento interno de trabajo

Mecanismo de control

Seguimiento del programa de control de infracciones de manera mensual

Observación de comportamientos

Mecanismo de sanción

Según lo establecido en el reglamento interno de trabajo y contrato laboral

Según disposiciones legales

 POLÍTICA DE ALCOHOL, DROGAS Y TABAQUISMO

SERSEPCO S.A.S E.S.P., conscientes de la importancia de establecer una política para reducir el consumo de alcohol, tabaco y sustancias psicoactivas (SPA), asume una posición de prevención de la enfermedad y promoción de la salud a través de la generación de hábitos saludables. Las medidas establecidas para cumplir esta política son:

  • Se prohíbe el consumo de tabaco, alcohol o cualquier sustancia psicoactiva dentro de las instalaciones de la empresa, en los vehículos o en sitios en donde se cumplan órdenes del empleador, así como posesión y venta
  • Está prohibido para los empleados, presentarse al sitio de trabajo bajo el efecto de alcohol o cualquier sustancia psicoactiva
  • Los colaboradores que estén tomando cualquier medicamento que pueda interferir en sus habilidades para realizar sus labores en forma segura y eficiente deberán reportarlo de forma anticipada a su jefe inmediato
  • Todo colaborador vinculado a la empresa deberá participar en las diferentes actividades de promoción y prevención programadas.
  • La empresa se reserva el derecho de realizar pruebas de alcoholemia y/o de consumo de drogas o de convocar a terceros para que las hagan, en situaciones en que un empleado, directamente contratado o de terceros, esté involucrado en algún accidente y/o presente características o actitudes sospechosas o por cumplimiento estricto al programa preventivo de la organización.
  • La violación a esta política constituye falta grave, por consiguiente, se tomarán las medidas sancionatorias estipuladas en el reglamento interno de trabajo
  • La prevención del alcoholismo, tabaquismo y drogadicción forma parte del SGSST, por lo que su divulgación se realizara en la inducción de los colaboradores.

POLÍTICA DE PROTECCIÓN DE ACTORES VULNERABLES

La empresa SERSEPCO S.A.S. E.S.P., bajo los lineamientos del Plan Estratégico de Seguridad Vial (PESV), se compromete desde el más alto nivel de la organización, a establecer medidas para proteger la integridad física de los actores viales más vulnerables, como peatones, ciclistas y motociclistas, quienes en la actualidad tienen mayor probabilidad de sufrir lesiones graves y representan más del 80% de muertes en los accidentes viales en Colombia.

SERSEPCO S.A.S E.S.P., es consciente que, durante el desarrollo de sus operaciones, puede llegar a atentar contra la integridad de los actores viales más vulnerables, por lo tanto, se compromete al desarrollo de las siguientes actividades:

  • Establecer e Implementar un programa de protección para los actores viales vulnerables.
  • Promover de forma continua comportamientos seguros en la vía para todos los actores viales que tiene la empresa identificados.
  • Elaborar un diagnóstico que permita identificar los factores de riesgo de acuerdo con el contexto de la Empresa, para caracterizar y priorizar la población objeto.
  • Fortalecer el programa de capacitación dirigido a todo el personal, contratistas y terceros, en los aspectos de seguridad vial, especialmente en el manejo de accidentes viales.
  • Suministrar los recursos necesarios para dar cumplimiento a la presente política.
  • Cumplir con lo establecido en la normatividad legal vigente aplicable al desarrollo de esta Política.

Esta política aplica a todos los empleados de SERSEPCO S.A.S. E.S.P., y los terceros que trabajan en su nombre, cualquier comportamiento que vaya en contra de su cumplimiento se harán merecedores de las correspondientes sanciones establecidas por la Empresa.

Gerencia General